Los brókeres españoles tendrán que someterse a un minucioso escrutinio ante la CNMV a partir de 2010. En el primer trimestre, deberán entregar al supervisor un informe en el que determinen sus recursos propios en escenarios de estrés.
Las empresas de servicios de inversión -sociedades de valores, agencias y gestoras de carteras- tendrán que aprobar en breve un examen que enfrente sus riesgos a sus recursos. La circular sobre solvencia, que entró en vigor a finales de junio, obliga a los brókeres a efectuar un informe de autoevaluación en el que midan sus fuerzas en situaciones adversas.
En la guía elaborada por la CNMV para cumplir esta norma se especifica que las entidades “identificarán,medirán y agregarán sus riesgos para determinar el capital necesario para cubrirlos, incluyendo una planificación del capital amedio plazo, así como estableciendo un objetivo de recursos propios que permita mantener de forma permanente una holgura adecuada”.
El objetivo no es sólo cumplir con los recursos propios mínimos computables de la normativa. “Lo que desea la CNMVes que cada bróker fije su propio nivel de fondos propios en función de las actividades que desarrolle”, explica el director financiero de una sociedad de valores.
Esta exigencia llega en un momento de fuerte deterioro de las cuentas del sector. A cierre de septiembre, el 26,5% de los brókeres sufría pérdidas y sus resultados agregados habían caído un 30%, después de que en el conjunto del ejercicio de 2008 los beneficios retrocedieran un 39,4%.
Es más, a cierre del año pasado, el 14% de las firmas disponía de una cifra de fondos propios inferior a la de capital social. Una circunstancia que constituye una primera señal de atención, aunque no tiene por qué implicar ningún problema de solvencia.
La ley requiere un capital social mínimo en función del tipo de entidad. Las exigencias más elevadas recaen sobre las sociedades de valores (necesitan constituirse con al menos dos millones de euros); a continuación, aparecen las agencias de valores (en función de sus capacidades, el capital mínimo oscila entre los 120.000 y los 500.000 euros); y, por último, las sociedades gestoras de carteras (100.000 euros) y las empresas de asesoramiento financiero (50.000 euros o un seguro con cobertura por 1,5 millones).
Pero, además del capital inicial, las entidades han de cumplir constantemente con unos recursos propios computables, que se ven incrementados o disminuidos por otros epígrafes, como las reservas o las pérdidas acumuladas, respectivamente. Una de las referencias de recursos propios mínimos establece que deben ascender al menos al 5 por mil del volumen de las carteras gestionadas.
“La nueva ley obliga a que las empresas realicen un se guimiento de sus riesgos”, señalaMario Sacedo, director de relaciones con inversores de Renta 4. Y deberán adecuar sus recursos a esos peligros, incluso en situaciones muy adversas. “Las entidades deberán contar con sólidos procedimientos para realizar las pruebas de tensión (stress testing) que se utilizarán al evaluar la adecuación de los recursos propios frente al riesgo de contraparte”, señala la circular sobre solvencia.
“Del análisis, pueden hallarse varias conclusiones potenciales. Por ejemplo, es posible que se determine la necesidad de una ampliación de capital, de redistribuir los recursos existentes o incluso de reducir el tamaño del balance”, señalan desde otro bróker.
El informe será revisado por la CNMV, que podrá dar indicaciones sobre el contenido y la conveniencia de los escenarios del test de estrés. Las entidades deberán entregarlo durante el primer trimestre siguiente al cierre del ejercicio. La autoevaluación no será pública, a diferencia de otro documento, denominado “informe sobre solvencia” y en el que sólo figurarán las cifras concretas de solvencia a una fecha de referencia.
Fuente: www.cincodias.com